Nuestra Isla ofrece una buena diversidad de formas de hacer
negocios. Sin embargo, a la hora de pensar en establecer un negocio, no
necesariamente estamos al tanto de estas alternativas y mucho menos de su
tratamiento contributivo. Por lo que, si se encuentra en el proceso de
emprender un negocio, o si ya lo tiene y está evaluando el impacto contributivo
de su empresa, les presentamos, a modo de resumen y guía inicial, una breve
discusión de algunas de las alternativas más comunes y sus características principales.
“Haciendo Negocios Como” (DBA)
Existe una alternativa, que es tal vez una de las más utilizadas por los
pequeños negocios, conocida como “Haciendo Negocios Como” (popularmente
conocida por sus siglas en inglés DBA, que significan “Doing Business As”).
La ventaja que ofrece esta opción es que no tiene muchos requisitos de forma,
en cuanto al aspecto legal se refiere, aparte de registrar opcionalmente el
nombre bajo el cual va a estar operando, si alguno, con el Departamento de
Estado. Su característica principal es que este tipo de negocios no tiene
existencia separada de su dueño y, por lo tanto, su responsabilidad legal no es
limitada. Lo que quiere decir es que su dueño es responsable, personalmente, de
todas las obligaciones y deudas que contraiga el negocio.
En términos contributivos, por el DBA no ser una corporación, el dueño viene
obligado a reflejar los ingresos y gastos relacionados con su negocio propio o
DBA en su planilla de individuo. Por lo tanto, si el negocio de la persona es
una gasolinera, el dueño del negocio detallará sus ingresos y gastos en el
Anejo K de la forma larga de su planilla de individuo. Es importante resaltar
que no habrá doble tributación, ya que en este tipo de negocio no se pagan
contribuciones a nivel corporativo.
Corporaciones
Otra alternativa muy utilizada para hacer negocios en Puerto Rico es la de
organizarse como corporación. El gran atractivo de las corporaciones es su
existencia como entidad legal aparte de sus dueños (accionistas), oficiales y
directores.
Por lo tanto, su responsabilidad por las deudas y obligaciones corporativas,
como regla general, estará limitada hasta la inversión de capital de sus
accionistas. Otro atractivo es que las corporaciones pueden tener vida
perpetua, de así elegirlo, independientemente de que sus dueños mueran. Esto
sin lugar a dudas permite estabilidad y continuidad operacional.
En lo relacionado a la responsabilidad contributiva, las corporaciones tributan
a nivel de la entidad sobre el ingreso neto.
Para poder llegar a dicho ingreso tributable, las corporaciones podrán deducir
todos aquellos gastos razonables que estén directamente relacionados con esa
industria o negocio, y que se consideren ordinarios y necesarios. Por otro
lado, cuando las corporaciones declaran dividendos, los dueños (accionistas)
los tributan en sus respectivas planillas. Es por eso que se entiende que las
corporaciones tienen doble tributación.